CÓRDOBA.- La Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa María, con la participación de jurados populares, condenó a un hombre a prisión perpetua al encontrarlo culpables del crimen de su madre. Gino Ferrari fue considerado autor de homicidio calificado por el vínculo, por alevosía, por codicia y por mediar violencia de género en perjuicio de Natalia Rosa Mariani.
Además, condenó también a perpetua al padre del sentenciado y exesposo de la víctima, Hernán Ferrari, como partícipe necesario penalmente responsable del asesinato cometido en el 2023.
El tribunal estuvo conformado por los camaristas Edith Lezama de Pereyra, Eve Flores de Aiuto y Félix Alejandro Martínez, con la participación de jurados populares.
Según la sentencia, ambos acusados planificaron el crimen para terminar con la vida de Mariani, “motivados por la codicia y la expectativa de quedarse con la mayor parte de los bienes inmuebles y sumas de dinero provenientes de la herencia que le pertenecía a la víctima”.
El tribunal dio por probado que la coartada para el crimen fue ideada conjuntamente. Ferrari, partícipe necesario, trasladó a su hijo Gino Ferrari escondido en la parte trasera de su auto hasta las inmediaciones del domicilio de la víctima, en Villa Nueva (ciudad lindera con Villa María). El padre le había dado su hijo una copia de las llaves de la vivienda para que ingresara.
Gino Ferrari atacó a su madre con golpes de puño que la hicieron caer desvanecida. Después, aprovechando el estado de indefensión de la víctima −circunstancia que permitió tener por configurada la alevosía−, completó el ataque con un cuchillo de cocina y una cuchilla de carnicero. Le provocó múltiples heridas en el cuello que le causaron la muerte.
El hijo se llevó dinero para simular un robo. Su padre lo esperó cerca para asegurar la huida y procurar su impunidad. Ambos regresaron a la panadería que tenía el exesposo de la víctima e ingresaron el auto marcha atrás para ocultar el momento en que el hijo bajaba del vehículo.
El fallo planteó que el delito se enmarcó en un contexto de violencia contra la mujer por el hecho de serlo (femicidio) y subrayó que la codicia fue principal motor del crimen, “el motivo primordial y desencadenante de esta trágica decisión fue eliminar a Natalia Rosa Mariani para obtener la mayor parte de los bienes”.
La Justicia consideró que tanto el esposo como el hijo desplegaron comportamientos en detrimento de la víctima: “Usaron y abusaron de su situación económica y patrimonial como así también incurrieron en violencia económica y manipulación”.
La Cámara señaló en el fallo que Hernán Ferrari, con un “perfil manipulador, indujo a sus hijos a despreciar a su madre y a utilizarla como un ‘banco’ al que solo le exigían dinero”. Así, se vulneró “el derecho de Natalia Rosa Mariani a la autonomía patrimonial y a vivir una vida libre de violencia”.
La vocal Flores, en su voto, argumentó que este tipo de pronunciamiento judicial constituye “una valiosa oportunidad para desarrollar acciones afirmativas en pos del afianzamiento de los derechos humanos de las mujeres cuando se evidencien estereotipos de género con el objetivo de aventarlos a futuro, utilizando la perspectiva de género, que es una herramienta de análisis que, a la par de utilizar un lente para lograr ver toda la realidad, implica, además, llevar a cabo acciones concretas que permitan corregir las desigualdades estructurales y las asimetrías de poder que pesan sobre el colectivo mujeres por el solo hecho de serlo”.