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Embargo Preventivo en Caso de Violencia de Género: Justicia Prioriza Protección de la Víctima

El Juzgado de Santa Lucía resolvió embargar bienes de un condenado por abuso sexual y violencia de género, garantizando la futura ejecución de una demanda civil.

por masquenoticiasesquina
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El Juzgado Civil y Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y Paz de Santa Lucía concedió una medida cautelar de embargo preventivo sobre los bienes de un hombre condenado penalmente por violencia de género y abuso sexual , en el marco de una demanda civil por daños y perjuicios.

Fundamentos del embargo y pedido de la demandante

La mujer promovió una acción civil en busca de una reparación económica por el daño moral sufrido, reclamando una suma de $33.287.169,66 . Con el objetivo de evitar que el demandado dispusiera de sus bienes , su abogado solicitó el embargo preventivo de varias propiedades situadas en Lavalle y la ciudad de Corrientes .

El pedido se basó en el peligro en la demora , ya que el hombre es una persona de la tercera edad con problemas de salud , lo que podría afectar su capacidad de respuesta económica en el futuro.

Decisión judicial con perspectiva de género

El juez Daniel Alejandro Azcona analizó los requisitos de la medida cautelar:
Verosimilitud del derecho : La condena penal por violación contra la demandante refuerza la existencia de un daño que amerita reparación.
Peligro en la demora : La posibilidad de que el demandado se desprenda de sus bienes haría que una futura sentencia sea de imposible cumplimiento .

Azcona destacó la importancia de aplicar la perspectiva de género , subrayando que la víctima ya había solicitado medidas de protección y logró una sentencia penal condenatoria. Además, fundó su fallo en la Convención Americana de Derechos Humanos y en la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres .

«Si todos estos argumentos no son suficientes para considerar que el demandado podría disponer libremente de sus bienes, la suerte hipotética de la sentencia sería absolutamente abstracta o de imposible cumplimiento», argumentó el magistrado.

Resolución final y garantías

El juez hizo lugar al embargo preventivo hasta cubrir la suma reclamada, con un 20% adicional para intereses y costas. Como contracautela , dispuso que la actora preste caución juratoria .

Finalmente, ordenó la inscripción de la medida en el Registro de la Propiedad Inmueble , asegurando que los bienes permanecerían embargados hasta la resolución definitiva del juicio.

Esta decisión refuerza la aplicación de medidas judiciales efectivas para garantizar los derechos de las víctimas de violencia de género .

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