En un fallo dividido, la Cámara de Apelaciones con competencia Administrativa y Electoral de Corrientes revocó una sentencia de primera instancia y convalidó la plena vigencia del Decreto Provincial N° 1260/2025, una medida impulsada por el gobernador Gustavo Valdés para regular las adhesiones de boletas y limitar el uso de listas colectoras en las elecciones provinciales del 31 de agosto.
La resolución fue adoptada por dos votos contra uno, con los apoyos de las juezas María Herminia Puig y Nidia Alicia Billinghurst de Braun, quienes argumentaron que el decreto brinda claridad y previsibilidad al proceso electoral, evitando confusiones derivadas de la adhesión simultánea de candidatos municipales a múltiples boletas provinciales. En cambio, la jueza Martha Helia Altabe votó en disidencia, sosteniendo que la norma es extemporánea y que el Poder Ejecutivo se extralimitó al legislar sobre materia electoral.
La oposición, integrada por 15 partidos políticos, entre ellos el PJ, el Partido Autonomista y Libres del Sur, había impugnado el decreto al considerarlo inconstitucional y dictado fuera de tiempo, ya que fue emitido después del inicio formal del cronograma electoral. La jueza de primera instancia, María Eugenia Herrero, les dio inicialmente la razón, pero esa decisión fue revertida ahora por la Cámara tras una apelación presentada por la Fiscalía de Estado.
El punto clave del decreto establece que «en ningún caso las secciones de candidatos municipales de un partido o alianza podrán estar adheridas a más de un partido o alianza de candidatos provinciales», restringiendo así una práctica habitual en los comicios locales: que un mismo candidato a intendente o concejal figure en boletas de distintas alianzas, incluso ideológicamente opuestas.
Para las juezas que avalaron la medida, el decreto no altera el régimen electoral sino que formaliza una práctica preexistente, conocida como “adhesiones materiales”, que hasta ahora carecía de regulación específica. En ese sentido, sostuvieron que la norma contribuye a proteger la voluntad del elector y evita que las combinaciones múltiples generen manipulación o confusión en el cuarto oscuro.
Desde el campo opositor ya anticiparon que apelarán ante el Superior Tribunal de Justicia, que deberá pronunciarse en un plazo de dos días hábiles. También criticaron con dureza el fallo, al considerar que el tribunal actuó bajo influencia del oficialismo radical y que se avaló una modificación del proceso electoral ya en marcha, sin intervención del Poder Legislativo ni respaldo constitucional suficiente.
Con esta decisión judicial, las reglas impuestas por el Ejecutivo provincial quedan firmes para las elecciones del 31 de agosto, a menos que el Superior Tribunal resuelva lo contrario en los próximos días.