El Juzgado Civil y Comercial N°3 de Corrientes, con competencia electoral, declaró este viernes la inconstitucionalidad del inciso b) del Decreto Provincial 1260/2025, firmado por el gobernador Gustavo Valdés, por considerar que introducía modificaciones arbitrarias al proceso electoral en curso y vulneraba principios constitucionales.
La medida judicial fue impulsada por apoderados de distintos partidos opositores, quienes denunciaron que el decreto, dictado el pasado 18 de junio, alteraba las reglas de adhesión de boletas para las elecciones del próximo 31 de agosto, prohibiendo que listas municipales se adhieran a más de una lista provincial, a menos que compartan alianza política. Esta práctica, conocida como “boleta colectora”, ha sido habitual en elecciones locales anteriores.
La jueza María Eugenia Herrero sostuvo que la norma fue dictada de manera extemporánea, en medio del cronograma electoral ya iniciado, afectando la previsibilidad, igualdad y seguridad jurídica del proceso. Además, advirtió que el decreto intentaba regular aspectos —como las adhesiones materiales— que no están contemplados en la legislación vigente, y cuya existencia es producto exclusivo de la jurisprudencia electoral.
“La medida introdujo limitaciones arbitrarias para la conformación de alianzas sin base legal, excediendo las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo”, señala el fallo. La jueza remarcó que, al pretender legislar por decreto, el Gobierno provincial incurrió en una práctica vedada por el artículo 162 de la Constitución de Corrientes.
La sentencia declaró nulo el apartado impugnado, admitió la legitimación activa de los partidos accionantes, y ordenó la notificación urgente a las partes, con habilitación de días y horas, dada la inminencia del proceso electoral.
El fiscal de Estado, Horacio Ortega, había defendido públicamente la validez del decreto, calificando la demanda como “política” y justificando la norma como una herramienta para “proteger la voluntad del votante”. Sin embargo, la Justicia determinó que el instrumento violaba principios esenciales del derecho público provincial.
La decisión marca un revés para el Ejecutivo correntino en su intento de reformar las condiciones electorales sin pasar por el poder legislativo, y reestablece el uso de las boletas colectoras como herramienta válida dentro del proceso electoral vigente.