El Gobierno nacional oficializó una medida que marca un cambio significativo en la contratación de personal en el ámbito estatal. Mediante la Resolución 48/2025 del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, se estableció que desde el 1° de julio de 2025 no podrán realizarse nuevas contrataciones ni renovarse las existentes bajo el artículo 93 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, a menos que la persona haya aprobado la Evaluación General de Conocimientos y Competencias.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial el 15 de mayo y afecta a los organismos incluidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156: esto comprende a la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada, y a las instituciones de la seguridad social.
Esta evaluación, diseñada por la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, tiene como fin acreditar que los empleados públicos cuentan con los conocimientos y competencias necesarios para desempeñarse en la función pública. Su obligatoriedad ya había sido establecida por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y reglamentada en la Resolución 26/2024. Quienes no la aprueben antes del 1° de julio no podrán continuar en sus cargos, conforme al artículo 5° del Decreto N° 1149/2024.
Además, la resolución también instruye a los representantes estatales en empresas con participación estatal mayoritaria y a los responsables de fondos fiduciarios con bienes nacionales, a aplicar criterios similares en sus procesos de contratación. De este modo, el criterio de evaluación se extiende más allá de la Administración Pública formal, alcanzando a otras formas de vinculación laboral con el Estado.
Desde el 1° de enero de 2025, las contrataciones bajo el artículo 93 ya estaban limitadas a una duración máxima hasta el 30 de junio de ese año. Con esta nueva disposición, solo podrán continuar en funciones aquellos que hayan cumplido con la evaluación.
La medida también prevé su aplicación progresiva a los contratos enmarcados en el régimen de locación de servicios establecido por el Decreto N° 1109/2017, conforme a lo indicado en la Resolución 30/2024.
Este nuevo requisito se enmarca en el proceso de reorganización administrativa dispuesto por el Decreto N° 585/2024, que redefinió la estructura del Estado y otorgó al Ministerio de Desregulación competencias clave en materia de empleo público, gestión de recursos humanos y procedimientos de ingreso.